Con fundamento en las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO ; presentada por los ciudadanos: MARIA ELOINA NAVAS AGUILLON y STALIN ELISEO BARBERA GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: V-9.503.457 y V-10.708.342, respectivamente, domiciliados: la primera, en la calle Monzón entre calles Iturbe y González, Santa Ana de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón; y el segundo, en el Barrio San José, calle Principal del Ambulatorio San José, Santa Ana de Coro, Parroquia San Gabriel, Municipio Miranda del Estado Falcón; y por consiguiente, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, que contrajeran ante el Juzgado del Municipio Guzmán Guillermo, Distrito Miranda del.....