Por los motivos expuestos, este Juzgado Primero de los Municipios Falcón y Los Taques de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Pueblo Nuevo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos MANUEL ANGEL BLANCO PEROZO y SARA BEATRIZ COLINA DE BLANCO, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-5.587.027 y V-7.417.272, respectivamente, domiciliados: Él: en Puerto Piritu, Avenida José Antonio Anzoátegui, Casa S/N, diagonal a la Plaza Los Estudiantes, Municipio Peñalver, del Estado Anzoátegui, y Ella: en la Población de Pueblo Nuevo, Calle Garcés, con Arévalo González Casa Nº 39, Municipio Falcón del Estado Falcón, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil Venezolano, y en consecuencia:
PRIMERO: Se declara DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos MANUEL ANGEL BLANCO .....