Por las razones antes expuestas este Juzgado Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE, el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por la abogada ZULLY BETANCOURT, titular de la cédula de identidad Nº V-5.008.826, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 70.646, actuando en nombre y representación de el ciudadano JOSÉ MANUEL MENDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.971.931, contra el acto administrativo de Destitución contenido en la Resolución Nº 4.985 de fecha 06 de diciembre de 2006, así mismo demandan el Resarcimiento por los Daños y Perjuicios y Daños Morales al MINISTERIO PARA EL PODER POPULAR DEL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y NOTIFIQUESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Adm.....