PARCIALMENTE CON LUGAR el presente recurso de apelación intentado por el ciudadano GERSON ENRIQUE OROPEZA CONTRAMAESTRE, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V-6.893.729, contra la sentencia dictada por la Juez Unipersonal de la Sala de Juicio Número VIII, de este Circuito Judicial de Protección de Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a cargo de la Dra. MARÍA GABRIELA OLAVARRÍA, en consecuencia:
PRIMERO: Se ratifica el quantum establecido para la obligación alimentaria que debe suministrar el ciudadano GERSON E. OROPEZA CONTRAMAESTRE, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V-6.893.729, a favor del niño (Se omite nombre por mandato del artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), y así se decide.-
SEGUNDO: se REVOCA, la medida decretada por la Juez Unipersonal de la Sala de Juicio número VIII, sobre la.....