III
DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos HARRINSON HERNÁNDEZ ZAMBRANO y ZAIDA YOLANDA MORALES RODRÍGUEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de Identidad Nos. V-6.197.497 y V-6.192.056, respectivamente. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por los cónyuges en fecha 23 de agosto de 2013.
Se ORDENA librar oficios al Registro Civil de la Parroquia El Paraíso, Municipio Libertador del Distrito Capital; al Registrador Principal del Distrito Capital y a la sede principal del Consejo Nacional Electoral, notificándoles lo conducente.
Publíquese, Regístrese y déjese copia de la presente decisión.
Dada, firmada y .....