Por las razones antes expuestas, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE la solicitud de MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA, intentada por la abogada ANDREA DOMINGUEZ MURAS, venezolana mayor de edad titular de la cédula de identidad Nº V-18.938.799, abogada en ejercicio inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 179.455, en representación de la sociedad mercantil AGROPECUARIA GRANJA TIERRAS ALTAS, S.A., sociedad mercantil domiciliada en Caracas, debidamente inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Mirada y Distrito Capital, el día 31 de Octubre de 1985, bajo el Nº 14, tomo 26-A; y cuya última modificación estatutaria consta en acta de asamblea extraordinaria de accionistas celebrada el 23 de septiembre de 2011, inscrita en la misma oficina registral el 21 .....