Por todos los razonamientos expuestos anteriormente, éste Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, en funciones de Tribunal único de Ejecución Administrando Justicia en Nombre de la República y por la Autoridad de la ley, NIEGA EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA A LA CIUDADANA PENADA HAIDEE JUDITH GONZÁLEZ GRANADILLO, titular de la cédula de identidad 7.697.755, nacida en fecha 20/7/1956, natural de Campo Mara, Estado Zulia, domiciliada en el Barrio el Gaitero, casa Nro. 17-143 casa de color verde entrando por la Farmacia El Gaitero, frente al abasto Santa Bárbara, edad 49 años, hija de Petra de González, en virtud de no cubrir los requisitos previstos en el artículo 494 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo establecido en el Artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, y así se Decide. En atención a que la penada de autos se encuentra cumpliendo condena actualmente en.....