Se dictó resolición mediante la cual se concede: FUERZA EJECUTORIA en la República Bolivariana de Venezuela, a la sentencia de Divorcio dictada por el Juzgado de Primera Instancia N° 4 de la Laguna, Santa Cruz de Tenerife, Islas Canarias, España, en fecha 30 de marzo de 2009, en la cual se disolvió el vínculo matrimonial que unía a los ciudadanos MARY RODRIGUEZ ORTEGA y CARLOS HUMBERTO ALVAREZ ROCCO, supra identificados, todo de conformidad con lo previsto en los artículos 53 y 55 de la Ley de Derecho Internacional Privado.