En consecuencia, éste Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad que le confiere el artículo la Ley Revoca el Beneficio de Régimen Abierto al Penado MIGUEL ANGEL BRACHO plenamente identificado en autos, ello por la evasión en el cumplimiento del beneficio concedido, determinando asì mismo la evasión de la condena impuesta, ello de conformidad a lo previsto en el artículo 512 del Código Orgánico Procesal Penal, y así se decide.
En consecuencia se ordena librar Orden de Judicial de Aprehensión, a tenor de lo preceptuado en el artículo 44 Constitucional y 250 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del penado MIGUEL ANGEL BRACHO venezolano, mayo de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 17.840.556, a todos los organismos de investigaciones penales, tanto principales como auxiliares de los Estados Carabobo y Falcón principalmente, con el respectivo oficio dirigido .....