Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la Rectificación de la partida de nacimiento, solicitada por el ciudadano Joel Emilio Alvarado de los Santos, plenamente identificado en autos y, en tal sentido, ordena que se rectifique el error mencionado en los términos siguientes: Donde se lee "Número de Cédula de Identidad N° V- 122.478 y N° V- 563.912 respectivamente", deberá leerse: "Cédula de identidad N° V-.3.122.478 y V- 5.633.912", como real y legalmente corresponde.