En consecuencia se ordena librar Orden de Judicial de Aprehensión, a tenor de lo preceptuado en el artículo 44 Constitucional y 250 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del penado LEONEL ALFONSO VARGAS venezolano, mayor de edad de 27 años, titular de la Cédula de Identidad No.12.716.216, a todos los organismos de investigaciones penales, tanto principales como auxiliares de los Estados, Vargas, Área Metropolitana de Caracas, y Falcón principalmente, con el respectivo oficio dirigido a cada uno de éstos, a los fines de que SE ABOQUEN a la búsqueda y aprehensión del penado cuyos posibles sitios y direcciones de ubicaciòn se encuentran:
.- Barrio Atanasio Girardot, Calle Bolívar casa S/N Teléfono 0212-332 7941 Maiquetía Estado Vargas, presumiblemente residencia de su padres Sebastián Alfonso (d) y Carmen Carolina Vargas.
.- Casa de habitación de la señora Mileinnis Arévalo en la Vela de Coro, Estado Falcón
.- Sector Villa del Mar (Carirubana) casa S/N cerca de los teléfon.....