PRIMERO: CON LUGAR el recurso ordinario de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte actora en fecha 30 de abril de 2008, contra la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas en fecha 29 de abril de 2008.
SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia dictada en fecha 29 de abril de 2008 dictada por el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas.
TERCERO: Se ordena al Tribunal de Primera Instancia Marítimo con competencia nacional y sede en la ciudad de Caracas, se pronuncie con respecto a la firmeza o no del Decreto Intimatorio dictado en fecha 25 de febrero de 2008 por el Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas.
CUARTO: IMPROCEDENTE el recurso ordinario de apelación int.....