Por las razones antes expuestas, este Tribunal Vigésimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos existente entre los ciudadanos YENZI ANDREINA LUCAMBIO RAMOS y LUÍS JOSÉ CAMARGO GARCÍA, venezolanos mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nro. V-17.155.650 y V-14.486.876 respectivamente, en consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por ellos en fecha 02 de diciembre de 2011, por ante el Registro Civil del Municipio Baruta del Estado Miranda, según consta de Acta de Matrimonio Nº 40, del libro de matrimonios correspondiente al año 2011.
Expídanse copias certificadas de la presente decisión a cada uno de los solicitantes. Así mismo se acuerda notificar a las autoridades correspondientes a los fines d.....