DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Admite parcialmente la Acusación interpuesta contra de las ciudadanas: NELLY JOSEFINA QUERALES y YOLIKAR RAQUEL REYES BARRERA, por la presunta comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y Sancionado en el artículo 149 Primer aparte de la Ley Orgánica de Drogas en la modalidad de Ocultación en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, se admiten totalmente las pruebas testimoniales, por ser legales, licitas, necesarias y pertinentes, y en cuanto a las pruebas documentales ofrecidas por la Fiscalía, se admiten parcialmente las pruebas documentales, no se admite la acusación por el delito de Agavillamiento y se condena por el procedimiento de Admisión d.....