Por las motivaciones que preceden, este Juzgado Segundo de Ejecución de penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda el Traslado del penado MANUEL MARCANO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N° 14.518.253, actualmente recluido en el Internado Judicial de Falcón hacia la Casa de reeducación y Trabajo Artesanal El Paraíso (" La Planta" ), ubicado en la Ciudad de Caracas, Avenida Paez, el Paraíso, Distrito capital, de conformidad con lo previsto en los artículos 2, 46 y 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Artículo 479 del Código orgánico procesal Penal y 2 de la ley de Régimen penitenciario. Exhortese a un tribunal de Ejecución del Circuito judicial penal del área Metropolitana de Caracas a los fines de la vigilancia penitenciaria y remítase con oficio copia certificada de sentencia condenatoria, .....