En atención a la concesión de tal beneficio post- condena, la duración de la Suspensión Condicional de Pena aquí otorgada será hasta la total finalización de la pena de prisión impuesta, la cual será el día 21 de septiembre de 2008, siendo que a partir de la imposición del contenido del presente auto de concesión y hasta la referida fecha de culminación de la condena el hoy beneficiado deberá de forma inexcusable darle fiel y cabal cumplimiento a las siguientes condiciones;
1.- Presentarse periódicamente una vez al mes, cada 30 días por ante la sede de éste Tribunal de Ejecución, contados a partir de la imposición de la presente decisión; así como presentación periódica, por ante su Delegado de Prueba adscrito a esa Unidad, cada vez o con la frecuencia que este lo indique.
2.- Residir en el Barrio Bolívar, Calle Ecuador, por detrás de Auto frenos Chacón, Punto Fijo, Estado Falcón, no debiendo cambiar dicha residencia sin autorización expresa de éste Tribunal.
3.- Prohibición .....