En vista de las circunstancias antes expuestas y dado que a los efectos de decidir sobre la entrega de placas nomenclatura KAT 82S LARA, era necesaria la realización de una Experticia sobre las mismas, la cual se efectuó dando como resultado que estas eran de origen legal en país, y teniendo en cuenta que ya esta Instancia Judicial entrego en Guarda y Custodia el vehículo al cual corresponden estas, lo Dable y Ajustado a Derecho es Acordar la entrega de las dos (02) Matriculas siglas KAT 82S LARA, al ciudadano GUMERCINDO DÍAZ RIVAS, antes identificado, en calidad de GUARDA Y CUSTODIA con la expresa obligación de presentarlo ante este Tribunal y/o ante la Fiscalía del Ministerio Público y/o cualquier Organismo que estos indiquen, cada vez que sea requerido. En consecuencia se ordena oficiar Al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas del estado Mérida a los efectos de que la dependencia Receptora del área de Resguardo y Custodia de evidencias físicas, haga entr.....