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Decisiones del dia 16/06/2025

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Tributario
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AP41-U-2022-000131 N° Sentencia : Interlocutoria044-2025 Fecha: 16/06/2025
Procedimiento:
Inadmisión De Recurso Contencioso Tributario
Partes:
Resumen:
III DECISIÓN Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1- SE CONFIRMA, el contenido de la Sentencia Interlocutoria N° N°009/2025 de fecha 17 de marzo de 2025, la cual se mantiene. 2- Se declara IMPROCEDENTE la solicitud efectuada por la Sociedad Mercantil "DHL GLOBAL FORWARDING VENEZUELA C.A". Notifíquese al ciudadano Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela. Líbrese Oficio. Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario en Caracas, a los dieciséis (16) días del mes de junio del año dos mil veinticinco (2025). Años 215º de la Independencia y 166º de la Federación. LA JUEZ, Ruth Isis Joubi Saghir EL SECRETARIO, Jean Carl.....
Juez/Ponente:
Ruth Isis Joubi Saghir
Organo:
Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Tributario
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N° Expediente : AP41-U-2022-000131 N° Sentencia : Interlocutoria045-2025 Fecha: 16/06/2025
Procedimiento:
Inadmisión De Recurso Contencioso Tributario
Partes:
Resumen:
III DECISIÓN En virtud de las normas adjetivas anteriormente transcritas, y analizada como ha sido la citada sentencia emitida por nuestro Máximo Tribunal y de conformidad con el Artículo 257 de la Constitución la República Bolivariana de Venezuela, el cual establece que el proceso constituye un instrumento fundamental para la realización de la justicia, en concordancia, con el Artículo 49 eiusdem, que establece el principio constitucional al Debido Proceso, este Órgano Jurisdiccional subsana el error material cometido de forma involuntaria y deja constancia de que la Sentencia Interlocutoria Nº 099/2025 de fecha 17 de marzo de 2025, debió dictarse a través de una Sentencia Interlocutoria con Fuerza Definitiva y no como una Sentencia Interlocutoria. Así se decide. Notifíquese al ciudadano Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela. Líbrese Oficio. Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario en Caracas.....
Juez/Ponente:
Ruth Isis Joubi Saghir
Organo:
Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Tributario
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