es que como consecuencia de ello, éste Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo Administrando Justicia en Nombre de la República y por la Autoridad que le confiere el numeral 1 del artículo 479 del Copp, acuerda el Beneficio solicitado de REGIMEN A ESTABLECIMIENTO ABIERTO al penado. RONAL ENRIQUE BRACHO CHIRINOS, de conformidad todo ello con lo preceptuado en el artículo 65 de la Ley de Régimen Penitenciario, por lo que a partir de la notificación al penado del contenido del presente auto, podrá comenzar a disfrutar de forma inmediata de los efectos de la formula de Prelibertad aquí concedida, procediendo su traslado al Centro de Tratamiento Comunitario "MILDRE LUCRECIA HERNÁNDEZ," del Estado Lara, ubicado en Carrera N° 14, entre 41 y 42 N° 41-46 Quinta Nancy, autorizándose a si mismo, su actividad laboral en la firma comercial " HIDROMÁTICOS Y REPUESTOS LA 18, C. A." Ubicado en la Carrera 18, entre calles 40 y 41 N°. 1-A, Barquisime.....