Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelación, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el Abogado ROLDAN DI TORO MÉNDEZ, actuando en su condición de Fiscal Séptimo del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, en el asunto IP01-P-2006-000770, contra la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 09 de junio de 2006 que impuso medidas judiciales cautelares sustitutivas de la detención preventiva de libertad al acusado EFREN DUQUE QUINTERO, conforme a lo dispuesto en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, a quien se le sigue causa penal por la presunta comisión del delito de Distribución Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, tipificado en el artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefaci.....