Por todo lo antes indicado, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara Ejecutada la sentencia dictada por el Tribunal Tercero de Control de este Circuito Judicial Penal, en contra de los ciudadanos MAIKEL MANUEL AULAR, antes identificado, por la comisión del delito de Robo agravado, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal vigente, a una pena de 10 años de prisión, mas las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal; JESUS DAVID MOLLEJA LUGO y ROBERT ANTONIO TOYO GONZALEZ, ut supra identificados, por el delito de Robo agravado en modalidad de facilitadores, previsto y sancionado en el artículo 458 en concordancia con el ordinal 3° del artículo 84 eiusdem, condenándolo a cumplir la pena de 4 años y 6 meses de prisión, así como las penas accesorias .....