Por fuerza de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara Sin Lugar la Acción reivindicatoria intentada por la ciudadana BETRIZ RICHARD DIEPPA, contra la ciudadana CARMEN ALICIA DA SILVA FREIRE.
Se condena en costas a la parte actora por haber resultado totalmente vencida en el presente juicio, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.