Este JUZGADO DUODECIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA: PRIMERO: LA CONSUMACIÓN DE LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA y en consecuencia, LA EXTINCIÓN DEL PROCEDIMIENTO, de intimación de honorarios intentada por el ciudadano CARLOS CALMA CANACHE, Inpre-abogado bajo el N° 45.427, en contra del ciudadano JUAN BAUTISTA HERRERA RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y Cédula de Identidad N° 2.799.927.- SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza del presente fallo.