Por lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA Decretarle al Imputado GUDELIO ANTONIO RODRIGUEZ ORTEGA, antes identificado, la Medida Cautelare establecida en el ordinal 9° del articulo 39 de la Ley sobre la violencia contra la Mujer y la familia, consistente en, la prohibición de Ejercer sobre la ciudadana Beatriz Aristigueta Tovar cualquier tipo de agresión física o psicológica, por la presunta comisión del Delito de Violencia Física, ofíciese lo conducente, tramítese el presente asunto por el procedimiento Ordinario y remítase el asunto a la Fiscalía Décimo Quinta del Ministerio Público del Estado Falcón en su oportunidad legal. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
El Juez Tercero de Control
Abog. Saturno Ramírez Zorrilla
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