en virtud de ello, este Juzgado administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara el Desistido del Presente Procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Es todo, Terminó, se Leyó y Conformes Firman.