DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: PRIMERO: Se declara con lugar la solicitud de la defensa y se revisa la Medida de ARRESTO DOMICILIARIO, dictada por este Tribunal Tercero de Control de este Circuito Judicial Penal, en el presente asunto, al imputado NEWMAN STING REYES VELASCO. SEGUNDO: En vista a la revisión antes mencionada, se hace necesario sustituir la mencionada medida dictada en contra del acusado de auto, por una menos gravosa de las establecidas en el Articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se le acuerda al acusado NEWMAN STING REYES VELASCO, portador de la cédula de identidad Nº 21.157.781 de 18 años de edad, fecha de nacimiento 12-05-1993, estado civil soltero, Venezolano, profesión u oficio estudiante, residenciado en Urb. Pedro .....