DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, PRIMERO: Se declara con lugar la solicitud hecha por la representación del Ministerio Público; en consecuencia se decreta la MEDIDA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con los articulo 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal, en contra de los imputados los ciudadanos SAMUEL DAVID COLINA PARRA y LUIS DAVID URBINA, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTACION, previsto y sancionado en el articulo 406 ordinal 1º del Código Penal en concordancia con el articulo 80 ejusdem, en perjuicio de PEDRO JOSÉ ELCHETO, y se acuerda como sitio de reclusión la Comunidad Penitenciaria de Coro. SEGUNDO: en relación al ciudadano HENRY JESUS POLANCO ZARRAGA, este tribunal le decreta LA LI.....