En base a las razones y consideraciones precedentemente establecidas, este Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por Disolución y Liquidación de las Sociedades Mercantiles 1) PANADERIA Y PASTELERIA LA MANSION DE BALOA, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 24 de Noviembre de 1.998, bajo el N° 78, Tomo 518-A.Sgdo; 2) PELUQUERIA MI BELLEZA, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 24 de Noviembre de 1.998, bajo el N° 500, Tomo 519-1.Sgdo; así como la Sociedad de Comercio denominada 3) FARMACIA ALGARVE, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito .....