Por todo lo antes expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo previsto en el artículo 479 y los artículos 07, 61 y 64 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Otorga permiso especial al penado ROMAN ANTONIO PARTIDAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N°9.523.133, actualmente disfrutando del beneficio de Destacamento de Trabajo, durante el 24-12-05 al 26-12-05 y del 31-12-05 al 02-01-06 con retorno a las Seis Horas de la tarde. Ofíciese a la Dirección del internado Judicial de Falcón. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
EL JUEZ SEGUNDO DE EJECUCIÓN,
Abg. ALFREDO CAMPOS LOAIZA
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