DISPOSITIVO
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandadacontra la sentencia dictada por el Juzgado Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha12 de agosto de 2022.
Segundo: Se REVOCA en todas y cada una de sus partes, la decisión dictada el 12 de agosto de 2022, por el Juzgado Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Tercero: INADMISIBLE la demanda de desalojo incoada la sociedad mercantil GRUPO JERAK, C.A., en contra de la sociedad mercantil COMERCIALIZADORA VITRIGLASS, C.....