Por lo antes expuesto este JUZGADO SUPERIOR NOVENO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por la abogada EUDIS VILLARROEL, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana JOELVINA CORDERO BRICEÑO contra la providencia del 17-10-2011, dictada por el Juzgado Primero de Municipio de esta Circunscripción Judicial.
Queda así CONFIRMADA la decisión apelada, sin la imposición de las costas del recurso, dado el carácter del procedimiento.
Publíquese, regístrese, diarícese, expídase copia certificada de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil y remítase el expediente en la oportunidad legal correspondiente.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana.....