por todo lo antes expuesto, este Tribunal Único de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado falcón Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley Declara el CUMPLIMIENTO TOTAL, y por ende, la extinción de la pena de prisión, en el presente asunto penal seguido en contra del penado. DOUGLAS ENRIQUE PAIBA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.973.049, natural y residenciado en el Barrio Bolívar, Calle San Francisco Javier, Casa sin Número, de la ciudad de Punto Fijo, Estado Falcón, y quien se encuentra cumpliendo la pena impuesta de. Ocho (08) años de Prisión, bajo la figura del Beneficio de Confinamiento, por la comisión del delito de: HURTO CALIFICADO, previsto en el artículo 455, ordinales 2do y 3ro, del Código Penal, vigente para la época en perjuicio de JESÚS ARMANDO ESPÓSITO SOTILLO. Así Se Decide.
Se Ordena librarle Boleta de Notificación al penado, a la Fiscalía Décima Séptima de.....