imparte la HOMOLOGACIÓN a la transacción judicial celebrada entre la abogada Rosa Federico del Negro, actuando en su condición de apoderada judicial de la sociedad mercantil Administradora 17.636 C.A., por una parte y por la otra, las ciudadanas Enza Antonietta Carbone Nery y Rosario Orellana Yépez, actuando en sus caracteres de Presidente y Presidente Ejecutivo de la sociedad mercantil Melodías RE C.A., mediante escrito autenticado por ante la Notaría Pública Cuarta del Municipio Baruta del Estado Miranda, en fecha 07.10.2008, bajo el N° 37, Tomo 97, de los Libros de Autenticaciones llevados por esa Notaría, en los mismos términos expuestos por las partes y, en consecuencia, procédase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo previsto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil