En atención a ello, éste Tribunal único de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón en su Extensión de Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República y por la Autoridad que le confiere la Ley decreta;
PRIMERO; El Término absoluto de la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, así como del consecuencial Régimen de Prueba a la cual estuviera sometido el penado EDWARD STIP SUAREZ SANDIA, a tenor de lo preceptuado en el artículo 16 de la Ley de Beneficio en el Proceso Penal, aplicable en éste caso por ser la mas favorable al reo, a tenor del artículo 24 Constitucional y 553 del Código Orgánico Procesal Penal, y así se decide.
SEGUNDO; El total cumplimiento de la pena principal de presidio impuesta al referido penado prevista en el artículo 407 del Código Penal Venezolano, así como el termino de las penas accesorias previstas en los numerales uno y dos del artículo 13 ejusdem, todo ello a tenor de lo preceptuado en los numerales 3 y 5 del artícu.....