En consecuencia, y por los argumentos antes explanados, este Juzgado Décimo Cuarto de Municipio del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley NIEGA LA ADMISIÓN DE LA RECONVENCIÓN interpuesta por la abogada MYRNA HERNANDEZ DE BASTIDAS, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana LUZ MAGAHALY AGÜERO BENITO, contra la ciudadana MARIA ANTONIA GUAREMA HURTADO parte actora en la presente causa, por aplicación analógica y en concordancia con lo establecido en el Artículo 35 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios.
EL JUEZ,
JUAN CARLOS VARELA RAMOS
LA SECRETARIA
DIOCELIS PEREZ BARRETO
En la misma fecha siendo las 02:00 de la tarde se publicó y registró la anterior decisión.
LA SECRETARIA
DIOCELIS PEREZ BARRETO
JCVR/DPB/rymg.
Exp. No. 2118.