Se dictó sentencia interlocutoria mediante la cual se declaró LA INTERDICCIÓN PROVISIONAL del ciudadano LUIS FRANCISCO GRANADO BRACAMONTE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.160.643, designándose como TUTORA INTERINA a la ciudadana LUISA GRANADO DE SILVA, titular de la Cédula de Identidad número V-13.289.266. Se ordenó seguir los trámites del juicio ordinario, quedando la causa abierta a pruebas una vez conste en autos la notificación del representante del Ministerio Público y de la ciudadana designada como tutora interina LUISA GRANADO DE SILVA, titular de la Cédula de Identidad número V- 13.289.266.- De acuerdo a lo dispuesto en los artículos 414 y 415 del Código Civil, se ordena el Registro del presente fallo en la Oficina Subalterna de Registro Público del domicilio del sometido a este proceso y su publicación en el diario "ULTIMAS NOTICIAS" dentro de los quince (15) días siguientes.-