A la luz de los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITNA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Sin Lugar la apelación ejercida por la representación judicial de la parte accionante ciudadano David Antonio Baptista Curvelo Da Silveira, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 25 de junio de 2007.
SEGUNDO: Se confirma en todas sus partes la referida sentencia y en consecuencia se declara improcedente la presente acción de amparo constitucional.
No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la presente decisión.
PUBLIQUESE y REGISTRESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Me.....