este JUZGADO UNIPERSONAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCON, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Admitida como ha sido la acusación presentada por la Representación Fiscal Cuarto contra el ciudadano HECTOR JAVIER NOGUERA LOAIZA por el Tribunal Cuarto de Control de esta sede judicial, así como los medios probatorios promovidos por la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público en su oportunidad legal y por último de la calificación jurídica imputada, CONDENA al ciudadano HECTOR JAVIER NOGUERA LOAIZA venezolano, mayor de edad, soltero, fecha de nacimiento 18/11/1987, titular de la cédula de identidad Nº 20.796.317, obrero, residenciado en la Urbanización los Olivos, en la parte final de la calle, casa en construcción, diagonal a la tasca el Dancing, teléfono: 04269610259 (teléfono de su mama) y 04165527666 (el de.....