Por todo lo antes expuestos este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley DECLARA el SOBRESEIMIENTO de la causa Nº IP01-S-2003-000318, por encontrarse dados los supuestos establecidos en el Ordinal 4º del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, donde aparecen como imputado PERSONA DESCONOCIDA, en Perjuicio del ciudadano ARIAS DÍAZ IGNACIO DOUGLAS, por considerar que no existe la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, ni el enjuiciamiento oral y público de persona alguna, debido a que en la presente causa el imputado es persona desconocida. Así se decide. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
ABG. YANYS MATHEUS SUAREZ
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
EL SECRETARIO DE SALA
ABG. WLADIMIR .....