Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la conversión en divorcio de la separación de cuerpos y de bienes, intentada por los ciudadanos LUISANA REBECA LOZADA MONTESINOS y RALF CHRISTIAN GRAESSNER, ampliamente identificados en autos, fundamentada en los Artículos 188, 189 y 190 del Código Civil y en consecuencia DISUELTO por Divorcio, el vínculo conyugal que los une, contraído en fecha veinticinco (25) de marzo del dos mil seis (2006), por ante el Registro Civil, del Municipio Autónomo Chacao del Estado Miranda, según Acta Nº 88, fijaron el domicilio conyugal en: Edificio residencias Paracotos, Apartamento 3-A, Urbanización Terrazas de Santa Inés, Avenida La Colina, Jurisdicción del Municipio baruta del Estado Miranda.-