Este Despacho Judicial, a cargo de la Juez Unipersonal Nº 11 del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la demanda de Revisión de Obligación de Manutención, intentado por la ciudadana MARY KEYLA ROMERO REYES, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-11.201.569, en beneficio su hijo, el niño (...), nacido en 08 de febrero del 2000, de actualmente ocho (08) años de edad, contra el ciudadano LUIS EDUARDO CARTAYA GARCIA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-6.523.275.