Por las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda La Salida Transitoria solicitada a favor de la penada KARINA EUCARIS LUGO ABRAHAM, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 10.969.857, actualmente recluida en el Internado Judicial Falcón por el lapso de Cuarenta y Ocho horas contadas a partir de la fecha 25 de Febrero de 2006 a las 6:30 horas de la tarde al momento de culminar su jornada laboral. Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 479 del Código orgánico procesal penal en concordancia con el artículo 62, numeral a de la Ley de Régimen Penitenciario. Líbrense las Notificaciones correspondientes, ofíciese al Director del Internado Judicial de esta Ciudad y remítase con la Urgencia requerida. Cúmplase.
El JUEZ SEGUND.....