DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara el DECAIMIENTO DEL OBJETO en el presente Recurso Contencioso Administrativo Inquilinario de Anulación, interpuesto conjuntamente con medida cautelar de amparo constitucional, por la Procuraduría General de la República Bolivariana de Venezuela, por órgano del Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierras, representada por los abogados, Euridice Civira Esculpi y Héctor Fernando Peña Gil, con el carácter de abogados sustitutos de la ciudadana Procuradora General de la Republica, contra la Resolución Nº 821, emanada del Departamento de Catastro e inquilinato de la Alcaldía del Municipio Miranda del Estado Falcón, en fecha 14 de Junio de 2006, mediante la cual se reguló el alquiler del inmueble donde funciona la sede Regional del.....