Con merito en las razones antes expuestas este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, sede Punto Fijo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: Ha lugar la Admisión de Hecho en contra de la SOCIEDAD MERCANTIL RICARDO ALEMAN, C.A. (SERVIRACA).
SEGUNDO: Con lugar la demanda incoada por las ciudadanas YRAIMA CARRASQUERO COLINA y JACQUELINE ARCAYA DELGADO E, venezolanas, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº V- 7.571.881 y 9.924.804 respectivamente, en contra de la SOCIEDAD MERCANTIL RICARDO ALEMAN, C.A. (SERVIRACA), por Prestaciones Sociales.
TERCERO: Se Condena a la SOCIEDAD MERCANTIL RICARDO ALEMAN, C.A. (SERVIRACA), a cancelar a la ciudadana YRAIMA CARRASQUERO COLINA, la cantidad de UN MILLON SETECIENTOS VEINTITRES MIL SEISCIENTOS TRES BOLIVARES CON TREINTA CENTIMOS (Bs. 1.723.60.....