éste Tribunal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos JESUS ALBERTO PAREDES HERRERA y MARIA ENMA BASTIDAS CANO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-4.280.287 y V-10.039.051, respectivamente; en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído por ante la Prefectura del Municipio Antonio Nicolás Briceño, Distrito Valera, Estado Trujillo, según se evidencia de acta de matrimonio Nro. 235, del Libro de Registros Civil de Matrimonios llevados por dicha Autoridad Civil.