III
Por las razones antes expuestas, esta Juez Ponente Novena del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA CONVERSION EN DIVORCIO de dicha SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES, en consecuencia queda disuelto el vinculo matrimonial que une a los ciudadanos DAVID KAZANJI BALI y HOUDA SAMAAN, el cual fue contraído en fecha catorce de (14) de marzo del año dos mil (2000), ante la jefatura Civil del Municipio Foráneo Leoncio Martínez, Distrito Sucre del Estado Miranda, y ASÍ SE DECIDE.
De acuerdo a lo establecido en el Artículo 359 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, la PATRIA POTESTAD de los niños (...), será ejercida de manera conjunta por ambos progenitores, mientras que la GUARDA, será ejercida por el padre, ciudadano DAVID KAZANJI BALI, quien la ejercerá en el lug.....