Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda otorgar permiso especial al penado JOSE DAVID AGRAEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 9.923.820, actualmente disfrutando del beneficio de Destacamento de Trabajo; para la fecha 27 y 28 de Febrero de 2006 durante el horario comprendido entre las 06:00 am hasta las 6:00 pm., Todo de conformidad con lo previsto en el artículo 479 del Código orgánico procesal penal en concordancia con los artículos 7, 15 y 61 de la Ley de Régimen Penitenciario. Notifíquese y ofíciese a la Dirección del Internado Judicial de esta Ciudad participándole lo acordado. Cúmplase.
EL JUEZ SEGUNDO DE EJECUCIÓN
ABOG. ALFREDO CAMPOS LOAIZA
LA SECRETARIA
ABOG. CARISBEL BARRIENTOS
NOTA: En esta fecha se cumplió lo orden.....