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Decisiones del dia 24/03/2008 |
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N° Expediente :
AP21-L-2005-004118
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N° Sentencia :
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Fecha: 24/03/2008 |
Procedimiento: Cobro De Prestaciones Sociales |
Partes: GABRIEL VILLENA GUISPE VS EMBAJADA DE LA REPÚBLICA DE COREA |
Resumen:
Con vista a la diligencia presentada por la representación judicial de la parte Actora, en fecha 12 de marzo de 2008, mediante la cual consigna misiva y solicita que este Tribunal se sirva fijar oportunidad para la ejecución forzosa, en el juicio incoado por el ciudadano GABRIEL VILLENA GUISPE contra la EMBAJADA DE LA REPÚBLICA DE COREA, este Juzgado hace del conocimiento de la parte Actora, que apegado al principio de legalidad y a los fines de la prosecución de la fase de ejecución, en el presente juicio, debe atenerse a lo previsto en la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, por lo cual resulta forzoso esperar la formal respuesta del Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Exteriores, en cabeza de la Dirección General de Protocolo, Dirección de Inmunidades y Privilegios, quien es la competente para los trámites diplomáticos consiguientes. Así se decide.-
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Juez/Ponente:
Mariela de Jesús Morales Soto
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Organo:
Juzgado Vigésimo Sexto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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N° Expediente :
AP21-L-2007-005494
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N° Sentencia :
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Fecha: 24/03/2008 |
Procedimiento: Cobro De Prestaciones Sociales |
Partes: INGRID COROMOTO CASTILLO PIÑANGO VS DISTRIBUIDORA ATLÁNTICO 2005 C.A.; |
Resumen:
Observa este Tribunal que en fecha 17 de diciembre de 2007, el ciudadano Alguacil consignó notificación practicada a la parte Demandada y en fecha 03 de marzo de 2008, la ciudadana Secretaría deja la constancia a la que alude el artículo 126 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es decir, desde la fecha de la consignación hasta la certificación realizada por Secretaría, transcurrieron 76 días, es decir, 3 meses y 23 días, por lo cual a criterio de este Tribunal se rompió la estadía a derecho, y en consecuencia se debe entender paralizada la causa. Así se decide.-
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Juez/Ponente:
Mariela de Jesús Morales Soto
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Organo:
Juzgado Vigésimo Sexto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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N° Expediente :
AP21-L-2008-000113
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N° Sentencia :
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Fecha: 24/03/2008 |
Procedimiento: Cobro De Prestaciones Sociales |
Partes: JOHAN FERMÍN MONTENEGRO BONILLA VS PARQUETETT C.A. |
Resumen:
Vista diligencia de fecha 13 de marzo de 2008, presentada por el ciudadano JOHAN FERMÍN MONTENEGRO BONILLA, cédula de identidad N°V-14.758.397, y su apoderada judicial, abogada CARMEN LOBO, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N°64.345, mediante la cual DESISTE DEL PROCEDIMEINTO incoado contra la sociedad mercantil PARQUETETT C.A.; este Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas en virtud de lo expuesto, le imparte la HOMOLOGACION al Desistimiento del Procedimiento e igualmente declara así terminado el presente proceso, y ordena su remisión al archivo judicial. Así se establece.-
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Juez/Ponente:
Mariela de Jesús Morales Soto
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Organo:
Juzgado Vigésimo Sexto De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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N° Expediente :
AP21-L-2007-002530
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N° Sentencia :
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Fecha: 24/03/2008 |
Procedimiento: Cobro De Prestaciones Sociales |
Partes: ROBERTO JOSÉ QUINTERO VRS DISTRIBUIDORA LACTEOS SAN BLAS Y EL CIUDADANO MARTIN SAN BLAS MARTIN |
Resumen:
Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de Ley, declara: CON LUGAR la demanda que por prestaciones sociales y otros conceptos, interpuso el ciudadano ROBERTO JOSÉ QUINTERO TENORIO contra la demandada DISTRIBUIDORA LACTEOS SAN BLAS y el ciudadano MARTIN SAN BLAS MARTIN ambas partes debidamente identificadas en autos. Condenándose a ésta ultima al pago de la cantidad de DIECISEIS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS BOLIVARES CON CINCUENTA CÉNTIMOS (Bs. 16.276,50), por los conceptos debidamente discriminados en la forma que establece la presente decisión más la cantidad que resulte del cálculo que realice el perito designado al efecto por este Tribunal. Se condena en costas a la parte demandada, de conformidad con.....
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Juez/Ponente:
Leticia Morales
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Organo:
Juzgado Tercero De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
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