En el día 24/04/07, se dictó sentencia mediante la cual se declaró CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos JANGEL MIGUEL FALSONE REDONDO y AIDA JOSEFINA GARCIA DE FALSONE, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nº 5.539.178 y Nº 4.975.462, respectivamente.