En consecuencia éste Juzgado Primero de Control, Administrando Justicia y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela Decreta: La Libertad del ciudadano JOSEPH RAFAEL ROMERO ARIAS, nacionalidad venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-16.197.765, Obrero, hijo de Jaene Arias nacido en fecha 01-09-1981 de 24 años de edad, soltero, grado de instrucción: Segundo año, residenciado en el Sector Antiguo Aeropuerto, Vereda 51, Sector 07, Casa S/N Punto Fijo Estado Falcón. Se da por reproducido el contenido del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, decretando de ésta manera la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad contenida en el artículo 256 Ordinales 3° y 4° del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la presentación cada 08 días por ante este Circuito Judicial Penal, en horario de 8:00 am a 3:00 pm, a partir de la presente fecha y la contenida en el ordinal 4° consistente en la prohibición de Salida del Estado Falcón, sin autorización de éste Tribunal. S.....